El precio de una comida o una bebida no siempre se limita a lo que figura en la carta principal. El pan, el hielo, el servicio de mesa o el suplemento por consumir en terraza pueden incrementar la cuenta, aunque los establecimientos deben informar previamente de cualquier coste adicional.
La clave está en que el cliente pueda conocer el precio antes de pedir. Si un cargo no aparece anunciado o se comunica de forma ambigua, puede ser discutible y dar lugar a una reclamación.
El pan y el servicio de mesa deben estar anunciados
Un bar o restaurante puede cobrar el pan o el servicio de mesa cuando ese importe está indicado de manera visible en la carta, en la lista de precios o en otro soporte accesible para el consumidor. No basta con colocar el pan en la mesa sin que exista información previa sobre su coste.
También debe quedar claro si el precio corresponde a cada unidad, a cada persona o a una ración. En caso de duda, el cliente puede preguntar antes de consumir y comprobar después que el importe aplicado coincide con el anunciado.
Todo suplemento debe comunicarse antes del consumo y reflejarse de forma clara en la información de precios.
La normativa de consumo exige, además, que los precios que se muestran al público sean finales, con los impuestos incluidos. La factura o el ticket deben permitir identificar los conceptos cobrados y su importe.
Hielo, terraza y otros suplementos
El hielo puede cobrarse si se solicita como un producto o servicio adicional y el establecimiento ha informado previamente de su precio. No debería aplicarse de forma inesperada por acompañar una bebida si ese coste no aparece en la carta o no se comunica antes.
En el caso de las terrazas, los establecimientos pueden establecer un suplemento, siempre que lo anuncien de forma visible y especifiquen cuánto se añade al precio. No es suficiente con indicar únicamente que existe un suplemento si el importe no puede conocerse con claridad antes de pedir.
La misma obligación se aplica a otros conceptos, como el servicio de mesa, el cubierto o determinados extras. La información debe estar disponible para el cliente antes de formalizar el pedido, no solo cuando llega la cuenta.
Qué hacer si aparece un cobro no anunciado
Lo más recomendable es revisar la carta y pedir una explicación en el propio establecimiento. Si el cargo no estaba informado o no coincide con el precio anunciado, el consumidor puede solicitar que se corrija la cuenta y conservar el ticket o la factura.
Si no se alcanza un acuerdo, se puede pedir una hoja de quejas y reclamaciones y aportar fotografías de la carta, del cartel de precios o de cualquier otro elemento que demuestre cómo se comunicaban las condiciones. También conviene anotar la fecha, el lugar y el concepto discutido.
Antes de sentarse, comprobar la carta y preguntar por los suplementos evita la mayoría de las sorpresas. Cuando el precio está anunciado de forma clara, el cliente puede decidir libremente si acepta esas condiciones.

